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Marco regulatorio de medicina prepaga Artículo 30 bis Nacional


Marco regulatorio de medicina prepaga Nacional
Artículo 30 bis.

Las disposiciones de esta ley son aplicables únicamente a los asociados voluntarios cuyo vínculo con el asegurador esté fuera del marco de la Ley N° 23.660.



Nacional Artículo 30 bis Marco regulatorio de medicina prepaga
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el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)



Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias



hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.



después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....



No soy profesional matriculado, puedo cobrar por la cobfección del contrato de locación ?????



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